12 mayo, 2017

La Plataforma Recupera Tu Ría presenta sus alegaciones de rechazo al proyecto de Fertiberia

Plataforma Recupera Tu Ría registra alegaciones.
La Plataforma Recupera Tu Ría ha registrado hoy en la Jefatura de la Dirección General de Costas de Huelva las alegaciones que ha elaborado para hacer que el Ministerio de Medio Ambiente rechace el proyecto con el que Fertiberia pretende limitarse a tapar los fosfoyesos “y no a regenerar la marisma y devolverla a su estado original, como está obligada por la Sentencia de la Audiencia Nacional”, según ha expuesto hoy Gonzalo Prieto, uno de los portavoces de este colectivo que reúne a varias organizaciones políticas, colectivos sociales y más personas a título individual.

Por su parte, Pedro Jiménez, portavoz de Recupera Tu Ría y Coordinador Provincial de Izquierda Unida, ha destacado que las alegaciones de la Plataforma se han realizado contando con la participación de los colectivos y organizaciones que la formamos: “Estas alegaciones se basan en aspectos urbanísticos, medioambientales, sociales y políticos”, ha explicado Jiménez.

Según expone, Pedro Jiménez el proyecto de Fertiberia incumple el PGOU de Huelva, así como con diversos planes de ordenación del territorio de la Junta de Andalucía. Jiménez añade que de igual manera el proyecto de Fertiberia contraviene la Normativa Comunitaria, ya que afecta a la Red Natura 2000, al Lugar de Interés Comunitario (LIC) Marismasy Ribera del Tinto y a otros LIC como son las Marismas del Odiel y el Estero Domingo Rubio. Zonas Húmedas de Importancia Internacional recogidas en el Convenio RAMSAR.

Los representantes de la Plataforma Recupera Tu Ría señalan que este proyecto no va a servir para descontaminar la zona y ha recibido un rechazo social amplísimo de ciudadanía onubense.

Por último La Plataforma ha presentado una alegación “muy importante”, según señala Pedro Jiménez, al entender que el Ministerio incumple la Doctrina de los Actos Propios. “Esto significa que la vulneración del auto de una declaración de voluntad de carácter tácito al sentido objetivo de la misma y la imposibilidad de adoptar después un comportamiento contradictorio. Dicho de manera que se entienda, la representación del Ministerio no puede aprobar una cosa en el órgano de participación y después aprobar otra contraria en el Ministerio”.

Huelva, 12 de mayo de 2017