25 agosto, 2009

La ley del sentido común

Las normas de uso de las playas onubenses más habituales son las limitaciones para la pesca o la práctica de deportes en la orilla · La práctica del nudismo está regulada en algunos municipios.
Fuente: Huelva Información
R. Pereira
La reciente prohibición del nudismo en las playas gaditanas ha resucitado el debate no sólo sobre la desnudez en la playa, sino también sobre la larga lista de normas de uso que acumulan algunas zonas costeras. En el caso de Huelva, las normativas municipales recogen prohibiciones generalistas, siendo el sentido común el que impera en las mismas. Otra cuestión es el cumplimiento o no de las normas, puesto que la escasez de sanciones por el incumplimiento de la normativa playera es un elemento común en la Costa.
En Mazagón, Ignacio Quintero, responsable de Playa del Ayuntamiento de Palos de la Frontera, resalta que, aparte de las prohibiciones que fija la Ley de Costas, el resto de actividades de los turistas únicamente se rigen por el sentido común y por entender "que la libertad del individuo expira donde comienza la del prójimo". Además, la extensa lengua de arena de la que disfruta el núcleo costero en playas como las Dunas permite a los usuarios la práctica de un sinfín de actividades deportivas en la orilla sin molestar a los bañistas. Por otra parte y en lo que respecta a la pesca, ésta se encuentra restringida al Muelle del Vigía, mientras que el uso de embarcaciones ha de respetar el cordón de seguridad de 200 metros desde la orilla. Para los amantes del nudismo está la playa del Médano Blanco.