10 noviembre, 2020

PALOS NFORMA SOBRE LAS NUEVAS MEDIDAS PREVENTIVAS DE LA COVID-19|

Recordamos que a partir de hoy se deberán aplicar las medidas preventivas COVID que estarán en vigor hasta el lunes 23 de Noviembre. A continuación se especifican cuáles serían las excepciones a esas medidas:

EXCEPCIONES AL TOQUE DE QUEDA (restricción de movilidad de 22:00h. a 7:00h.):

* Adquisición de medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad.

* Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

* Asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia.

* Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.

* Retorno al lugar de residencia tras realizar algunas de las actividades habituales previstas en este apartado.

* Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

* Repostaje en gasolineras o estaciones de servicio, cuando resulte necesario para la realización de las actividades previstas en los párrafos anteriores.

* Los partidos de competiciones deportivas de carácter profesional y ámbito estatal oficialmente reconocidas, y los partidos de carácter internacional organizados por FIFA, UEFA, FIBA ​​y Euroliga de baloncesto.

* Actividades en lonjas pesqueras, centros de expedición de primeras ventas, mercados centrales y lonjas de abastecimiento de productos agroalimentarios.

* Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

EXCEPCIONES AL CIERRE ANTICIPADO A LAS 18:00 H.:

* Actividad industrial.

* Establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad.

* Centros, servicios y establecimientos sanitarios.

* Ópticas y productos ortopédicos.

* Los servicios profesionales y empleados del hogar.

* Servicios sociales y sociosanitarios.

* Farmacias.

* Centros o clínicas veterinarias.

* Los establecimientos comerciales dedicados a la venta de combustible para la automoción.

* Las estaciones de inspección técnica de vehículos.

* Los servicios de entrega a domicilio.

* Los comedores sociales y demás establecimientos para la entrega y reparto de alimentos con carácter solidario o benéfico.

* Los velatorios.

* Los centros deportivos para la realización de actividad física que sean al aire libre, siempre que no se trate de deportes de contacto.

* Espacios deportivos cubiertos para la práctica de deporte federado en edades de los 16 años a categoría absoluta.

* Puntos de encuentro familiar.

* Centros de Atención Infantil Temprana y Centros de tratamiento ambulatorio.

* Establecimientos de régimen horario especial:

* Áreas de servicio en carreteras.

* Establecimientos ubicados en aeropuertos y estaciones para usuarios.

* Establecimientos ubicados en hospitales, tanatorios y centros sanitarios.

* Establecimientos ubicados en lonjas, mercados y similares para servicio a trabajadores.

* Actividad docente no universitaria, comedores escolares, aula matinal y transporte escolar.

* Actividades universitarias.

* Conservatorios, escuelas de idiomas, academias, centros de educación permanente de adultos y similares.

Ayuntamiento de Palos de la Frontera