30 septiembre, 2025

Las bicicletas eléctricas y los patinetes deberán contar con un seguro de responsabilidad civil a partir del 2 de enero de 2026

La normativa ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado del  25 de julio de 2025 

La ley establece un periodo transitorio de seis meses para contratar el seguro. Foto: G-FORCE-Bike

Mazagón Beach - 30/09/25

Vehículos de movilidad personal ligera (VMP)

·         Incluye patinetes eléctricos y bicis ligeras que no superan 25 km/h.

·         Deben contar con un seguro de responsabilidad civil obligatorio para cubrir daños a terceros.

 Vehículos que superan los 25 km/h (o más de 25 kg y 14 km/h)

·         Pasan a considerarse vehículos a motor.

·         Están sujetos al mismo seguro obligatorio que coches o motos, con cobertura plena de accidentes.

 En resumen:

·         Todos los VMP necesitan seguro.

·         Si el patinete o la bici eléctrica supera los 25 km/h (o los límites de peso/velocidad), se asegura como un vehículo a motor.

La ley establece un periodo transitorio de seis meses para contratar el seguro obligatorio; después de este plazo podrás ser sancionado con multas desde 200 hasta 1.000 euros e inmovilización del vehículo.